La implantación real y efectiva de la igualdad, va mucho más allá de su imperativo legal concentrado en el art. 14 de la CE, la LO 3/2007 para la igualdad efectiva entre Mujeres y Hombres y la DA 7ª del Estatuto Básico del Empleado Público.
La implantación debe ser liderada y abanderada por el conjunto de las instituciones públicas con el objetivo de seguir avanzando con paso firme a una sociedad más justa e igualitaria.
En este sentido el Plan de Igualdad se convierte en un instrumento práctico, útil y necesario para incorporar la igualdad de trato entre hombres y mujeres dentro de cualquier organización en todas sus fases: desde el proceso de selección y contratación, hasta la clasificación profesional, la promoción, la formación, las condiciones de trabajo, el ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral, la infrarrepresentación femenina, las retribuciones y la prevención del acoso sexual y por razón de sexo.
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¿Qué beneficios tiene para tu organización?
- Implantar la perspectiva de igualdad de género en la gestión de recursos humanos de tu organización.
- Analizar posibles desequilibrios, promoviendo la plena igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres.
- Eliminar cualquier tipo de desigualdad laboral que pudiera darse por razón de sexo.
- Avanzar en las políticas y servicios de esta materia.
- Evitar infracciones por el incumplimiento de esta normativa.
- Ganar en reputación institucional.